TributarioRechaza

El tribunal tributario y aduanero de la región del bio bio, no acogió la reclamación in…

Resumen del criterio jurisprudencial

El tribunal tributario y aduanero de la región del bio bio, no acogió la reclamación interpuesta considerando que, en concepto de este tribunal, a partir del hecho establecido en el proceso de haber deducido el contribuyente, de manera previa al reclamo judicial, un recurso de carácter administrativo en contra de la liquidación ahora impugnada judicialmente, resulta meridianamente claro que el contenido y alcance de la misma ¿en particular el monto y forma de cálculo de las diferencias impositivas¿, fueron suficientemente comprendidos por el actor. en otros términos, el contribuyente pudo entender los alcances de las objeciones del servicio de impuestos internos, en cuanto la pretensión fiscal fluye de la diferencia entre lo declarado en los formularios 29, declaraciones juradas, nóminas y la declaración de renta formulario 22 del año tributario 2012, razón que autoriza para rechazar este extremo de la reclamación. y, por último, en lo que hace a los errores presuntamente cometidos por la administración tributaria en el acto liquidatorio, igualmente denunciados por el reclamo, cabe señalar que el actor no aportó ningún antecedente que permitiese a este tribunal corroborar semejante enunciado probatorio, por lo que solo cabe rechazar esta alegación.

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.