Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de la región del biobío, no acogió la reclamación, por que la controversia de autos se basa estrictamente en la negativa del servicio de impuestos internos a restituir al contribuyente documentos aportados durante el proceso de fiscalización, sin embargo, el servicio señala que con fecha 10 de julio de 2018, dichos antecedentes quedaron a disposición del contribuyente, según consta en correo electrónico enviado a su contador con fecha 9 de julio de 2018, cuya copia rola a fojas 29 de autos.