Tributario

VENTAS Y SERVICIOS – NUEVO TEXTO – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – ART. 3°, ART. 8°,…

Oficio · Servicio de Impuestos Internos · 2012

Resumen

VENTAS Y SERVICIOS – NUEVO TEXTO – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – ART. 3°, ART. 8°, LETRA D), ART. 23°, ART. 64°. (ORD. N° 1983, DE 06.08.2012) POSIBILIDAD DE NO PAGAR EL IVA AL EFECTUAR UNA IMPORTACIóN, O BIEN DE GENERAR UN CRéDITO EQUIVALENTE, QUE EVITE GENERAR EL DESEMBOLSO DE DICHO IMPUESTO. I.- ANáLISIS: El Art. 8°, letra a), del D.L. N° 825, de 1974, grava con Impuesto al Valor Agregado a las importaciones, sea que tengan o no el carácter de habituales. De lo anterior, se desprende que en el sistema tributario chileno, las importaciones se encuentran siempre gravadas con Impuesto al Valor Agregado, independientemente de quien las realice y si éstas son efectuadas en forma habitual o no. Respecto de la posibilidad de generar un crédito fiscal, cabe señalar a Ud. que los contribuyen

Normas citadas

  • Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)
SIIServicio de Impuestos Internosjurisprudencia administrativaoficioLey de Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)

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