En este contexto cabe hacer presente que, si bien la Convención de Viena contiene deter…
Oficio · Servicio de Impuestos Internos · 2012
Resumen
En este contexto cabe hacer presente que, si bien la Convención de Viena contiene determinados privilegios tributarios para las embajadas y sus funcionarios, se exceptúan aquellos impuestos indirectos que están normalmente incluidos en el precio de las mercancías y de los servicios, como es el caso del Impuesto al Valor Agregado. Desde esta perspectiva es posible señalar que en materia de Impuesto al Valor Agregado, el hecho de que el adquirente de un bien o beneficiario de un servicio sea una representación extranjera, no obsta al deber que recae sobre el vendedor o prestador de servicio de recargar el impuesto, por cuanto no existen exenciones al respecto. En cuanto al Impuesto al Valor Agregado por la importación de especies, se informa que si ésta es realizada por la Embajada podría am
Normas citadas
Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.