Resumen del criterio jurisprudencial
El Ministerio Público, habiendo formalizado investigación por el delito de manejo en estado de ebriedad, presentó solicitud de formulación de requerimiento conforme a las normas del procedimiento simplificado a fin de continuar el procedimiento de acuerdo a este. Si embargo, el juez de garantía, sin resuelve “no dar lugar, por ahora”, decretando la reapertura de la investigación y, estimando aplicable al caso el artículo 257 del Código Procesal Penal ordena la realización de diligencias en esta investigación. La Corte de Apelaciones revoca la resolución del Juez de Garantía y ordena dejar sin efecto la apertura de la investigación y las diligencias ordenadas practicar así como acceder a la solicitud presentada por el Ministerio Público.