Resumen del criterio jurisprudencial
La Inmobiliaria Los Urales Limitada dedujo reclamo tributario contra la Liquidación N° 125 de 11 de febrero de 2015, emitida por la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, que determinó una diferencia de impuesto de primera categoría de $689.451.238 para el año tributario 2013. La contribuyente argumentó que la liquidación se dictó fuera del plazo fatal del artículo 59 del Código Tributario, ya que la citación se notificó el 30 de mayo de 2014, después de que el plazo de nueve meses desde el 5 de julio de 2013 expirara el 5 de abril de 2014. Además, sostuvo que se acogió de buena fe a la interpretación oficial del SII contenida en el oficio N° 1442 de 2011, que permitía a sociedades con renta presunta acogerse al artículo 17 N° 8 letra b) de la Ley de Impuesto a la Renta. El tribunal acogió el reclamo por la caducidad del plazo, dejando sin efecto la liquidación y omitiendo pronunciarse sobre las demás alegaciones.