El Tribunal Constitucional acogió parcialmente el requerimiento de inaplicabilidad resp…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019
Resumen
El Tribunal Constitucional acogió parcialmente el requerimiento de inaplicabilidad respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, declarando que su aplicación en la gestión pendiente resulta contraria a la Constitución. Como ratio decidendi, sostuvo que la restricción absoluta de penas sustitutivas para ciertos delitos vulnera los principios de proporcionalidad e igualdad ante la ley (artículo 19, N°s 2° y 3°), al excluir beneficios sin atender al quantum de la pena, generando una inequidad irracional. Enfatizó que la privación de libertad debe ser excepcional y que las penas sustitutivas no implican impunidad, pues buscan la reinserción social. No obstante, en la parte resolutiva, el Tribunal desestimó la impugnación relativa al artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 27.798, concluyendo que su aplicación no resulta contraria a la Carta Fundamental, pues el artículo 103 constitucional no otorga mayor discrecionalidad legislativa que atenúe las garantías penales.
Normas citadas
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
artículo 141, inciso tercero, de Código Penal
artículo 141, inciso cuarto, de Código Penal
artículo 141, inciso quinto, de Código Penal
artículo 142, de Código Penal
artículo 361, de Código Penal
artículo 362, de Código Penal
artículo 372 bis, de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINAAcción De InconstitucionalidadCopropiedadDeclaración De Inhabilidad Del Presidente De La RepúblicaDerecho A La Integridad Fisica Y PsiquicaDerecho A La Proteccion De Datos PersonalesDerecho A La Prueba
Preguntas frecuentes
¿Es constitucional excluir de forma absoluta las penas sustitutivas para ciertos delitos sin atender a la extensión de la pena?
En este caso, el Tribunal Constitucional acogió parcialmente el requerimiento y sostuvo que la exclusión absoluta de penas sustitutivas vulnera los principios de proporcionalidad e igualdad ante la ley, porque no considera el quantum de la pena y genera una inequidad irracional.
¿Las penas sustitutivas implican impunidad para el condenado?
Según este fallo, no. El Tribunal enfatizó que la privación de libertad debe ser excepcional y que las penas sustitutivas buscan la reinserción social, sin implicar impunidad.
¿Procede declarar inaplicable un precepto de la Ley N° 27.798 por vulnerar garantías penales?
En este caso, el Tribunal desestimó la impugnación respecto del artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 27.798, concluyendo que su aplicación no es contraria a la Constitución, pues el artículo 103 constitucional no otorga mayor discrecionalidad legislativa que atenúe las garantías penales.
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