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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una ex funcio…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2012

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una ex funcionaria de la Universidad de Santiago de Chile que reclamaba el pago de feriado proporcional por los meses trabajados durante el año de su renuncia. La casa de estudios sostuvo que dicho beneficio no está previsto en el estatuto aplicable. El organismo concluyó que no corresponde reconocer el feriado proporcional, pues esa figura está establecida en el Código del Trabajo, que no regula la relación de la recurrente con la institución, que se rige por el Estatuto Administrativo (ley N° 18.834). Según su artículo 103, el feriado se otorga por año calendario, en cantidades de quince, veinte o veinticinco días hábiles según los años de servicio, y no puede concederse en condiciones distintas a las expresamente señaladas por el legislador.

Normas citadas

  • ley 18834 art/103
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Procede el pago de feriado proporcional a un funcionario público regido por el Estatuto Administrativo al renunciar?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que no corresponde pagar feriado proporcional a una ex funcionaria de la Universidad de Santiago de Chile, porque esa figura está en el Código del Trabajo, que no regula su relación con la institución. Su relación se rige por el Estatuto Administrativo (ley N° 18.834).

¿Cómo regula el Estatuto Administrativo el feriado de los funcionarios públicos?

En este caso, el organismo señaló que el artículo 103 de la ley N° 18.834 otorga el feriado por año calendario, en cantidades de quince, veinte o veinticinco días hábiles según los años de servicio. Agregó que el feriado no puede concederse en condiciones distintas a las expresamente señaladas por el legislador.

¿Puede la Universidad de Santiago de Chile pagar feriado proporcional a sus funcionarios que dejan el cargo?

En este caso, la Contraloría sostuvo que el feriado proporcional no está previsto en el estatuto aplicable a la Universidad de Santiago de Chile, por lo que no corresponde reconocerlo. La casa de estudios había planteado la misma posición antes del pronunciamiento.

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