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Seguridad social

La Superintendencia de Salud amonestó al Centro Médico Megasalud La Serena por incumpli…

Resolución · Superintendencia de Salud · 2013

Resumen

La Superintendencia de Salud amonestó al Centro Médico Megasalud La Serena por incumplir el deber de dejar constancia escrita de haber informado a sus pacientes sobre la confirmación diagnóstica de un problema de salud, conforme al Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, contraviniendo el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. En la fiscalización se verificó que solo existían 5 constancias de notificación de 20 casos revisados. El establecimiento presentó descargos, pero el gerente reconoció el incumplimiento sin justificación suficiente. Se consideró que la falta afecta el acceso informado de los pacientes a las garantías del Régimen GES, por lo que se aplicó la sanción de amonestación.

Normas citadas

  • Ley N° 19.966
  • Decreto Supremo N° 136
  • Artículo 24 de la Ley N° 19.966
  • D.F.L. N° 1
  • Resolución N° 1600 de 2008
  • Resolución N° 2064
Sanciones a prestadores

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un prestador de salud no deja constancia escrita de que informó al paciente sobre su diagnóstico GES?

En este caso, la Superintendencia de Salud amonestó a un centro médico por no dejar constancia escrita de la notificación del diagnóstico confirmado en sus pacientes, infringiendo el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. Consideró que esa falta afecta el acceso informado de los pacientes a las garantías del Régimen GES.

¿Cómo se fiscaliza el cumplimiento de la obligación de notificar el diagnóstico al paciente dentro del Régimen GES?

En este caso, la fiscalización revisó 20 casos y solo encontró constancias de notificación en 5 de ellos. El prestador presentó descargos, pero no logró justificar suficientemente el incumplimiento, lo que llevó a aplicar la sanción.

¿Qué sanción corresponde por incumplir el deber de constancia de notificación de diagnóstico en el Régimen GES?

En este caso, la Superintendencia de Salud aplicó la sanción de amonestación al centro médico por el incumplimiento. La resolución se fundó en la afectación al acceso informado de los pacientes a las garantías del GES.

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