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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de funcionarios…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de funcionarios de un liceo administrado por la Universidad Tecnológica Metropolitana (UTEM), entidad estatal. Se determinó que los empleados públicos no pueden pertenecer a organizaciones sindicales ni negociar colectivamente, pues su vínculo se rige por normas estatutarias. Si bien el artículo 10 N° 7 del Código del Trabajo permite otorgar beneficios económicos análogos a los de los estatutos administrativos, estos no pueden generar desigualdades respecto de otros servidores públicos. En consecuencia, el bono establecido en un convenio carece de validez, por lo que el recurrente no tiene derecho a percibirlo y la universidad debe abstenerse de pagarlo, sin que los funcionarios que ya lo recibieron deban restituirlo, en virtud de los principios de confianza legítima y seguridad jurídica. Se recuerda que los empleados públicos pueden asociarse conforme a la ley N° 19.296.

Normas citadas

  • ley 18575 art/1
  • dto 5077/80 EDUCA art/9
  • ley 19070 art/78
  • ley 19070 tit/IV
  • CTR art/295
  • CTR art/304 inc/4
  • CTR art/10 num/7
ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia

Preguntas frecuentes

¿Pueden los funcionarios de un liceo administrado por una universidad estatal formar sindicatos y negociar colectivamente?

En este caso, la Contraloría sostuvo que los empleados públicos no pueden pertenecer a organizaciones sindicales ni negociar colectivamente, porque su vínculo se rige por normas estatutarias. Se recordó que pueden asociarse conforme a la ley N° 19.296.

¿Es válido un bono pactado en un convenio colectivo para funcionarios de una universidad estatal?

En este caso, la Contraloría concluyó que el bono establecido en el convenio carece de validez, pues aunque el Código del Trabajo permite beneficios análogos a los estatutarios, estos no pueden generar desigualdades respecto de otros servidores públicos.

¿Deben devolver los funcionarios públicos un beneficio que recibieron por error de la administración?

En este caso, la Contraloría determinó que los funcionarios que ya percibieron el bono no deben restituirlo, en virtud de los principios de confianza legítima y seguridad jurídica, aunque la universidad debe abstenerse de seguir pagándolo.

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