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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la competencia para conocer l…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2011

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la competencia para conocer los asuntos laborales de los profesionales de la educación que se desempeñan en un liceo entregado en concesión por una municipalidad a una universidad estatal. El organismo recordó que la entrega en concesión de un establecimiento educacional a un ente distinto de una municipalidad o corporación municipal implica que sus docentes se rigen por el Título IV de la ley N° 19.070. Indicó que la universidad administra el plantel a través de una fundación de derecho privado, que es la concesionaria del servicio. Concluyó que los docentes no son funcionarios públicos sino profesionales del sector particular, cuyo vínculo laboral está sometido a la fiscalización de la Dirección del Trabajo, a la cual corresponde pronunciarse sobre la consulta formulada por la recurrente.

Normas citadas

  • Ley 19070 tit/IV
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Quién debe conocer los asuntos laborales de los docentes de un liceo entregado en concesión por una municipalidad a una universidad estatal?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que los docentes del liceo concesionado no son funcionarios públicos, sino profesionales del sector particular regidos por el Título IV de la ley N° 19.070. Por ello, su vínculo laboral queda sujeto a la fiscalización de la Dirección del Trabajo, a la que corresponde pronunciarse sobre la consulta.

¿Qué régimen laboral se aplica a los docentes de un establecimiento municipal entregado en concesión a un ente distinto de la municipalidad?

En este caso, el organismo recordó que la entrega en concesión de un establecimiento educacional a un ente distinto de una municipalidad o corporación municipal implica que sus docentes se rigen por el Título IV de la ley N° 19.070. Además, la universidad administra el plantel a través de una fundación de derecho privado, que es la concesionaria del servicio.

¿Un docente de un liceo concesionado a una universidad estatal es funcionario público?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que los docentes no son funcionarios públicos, sino profesionales del sector particular. Su vínculo laboral está sometido a la fiscalización de la Dirección del Trabajo.

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