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El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo de acceso a la información interpue…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo de acceso a la información interpuesto por un particular en contra de la Municipalidad de Quilpué. La solicitud comprendía los nombres de las autoridades municipales consultadas y las casillas de correo electrónico institucionales. El Consejo acogió parcialmente el amparo: ordenó tener por entregados, de manera extemporánea, los nombres de las autoridades. Rechazó la entrega de las casillas de correo electrónico, al estimar configurada la causal de reserva por afectación al debido cumplimiento de las funciones del órgano, considerando que la municipalidad cuenta con un mecanismo de canalización de comunicaciones. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación, conforme a la Ley de Transparencia.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Artículo 15 de la Ley 20.285
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Procede entregar las casillas de correo electrónico institucionales de los funcionarios municipales si se pide por transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó la entrega de las casillas de correo electrónico institucionales de la Municipalidad de Quilpué, al estimar configurada la causal de reserva por afectación al debido cumplimiento de las funciones del órgano, considerando que la municipalidad cuenta con un mecanismo de canalización de comunicaciones.

¿Qué pasa si un órgano público entrega la información pedida fuera de plazo en una solicitud de transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia ordenó tener por entregados, de manera extemporánea, los nombres de las autoridades municipales consultadas, acogiendo parcialmente el amparo presentado contra la Municipalidad de Quilpué.

¿Cuál es el plazo para reclamar de una decisión del Consejo para la Transparencia que rechaza un amparo de acceso a la información?

En este caso, el Consejo para la Transparencia indicó que contra su decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación, conforme a la Ley de Transparencia.

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