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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de Quilpué, ordenando la entrega del expediente solicitado. La decisión instruye tarjar previamente toda información que permita identificar al denunciante, en caso de que sea una persona distinta del requirente. El tribunal estableció que la entrega debe realizarse bajo apercibimiento de las sanciones previstas en el artículo 46 de la Ley de Transparencia, que incluyen multas y suspensión del cargo para la autoridad que incumpla. Además, se ordenó acreditar la entrega efectiva de la información ante el Consejo. La resolución fue notificada al alcalde de la Municipalidad de Quilpué y al recurrente, y contra ella procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.628
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un órgano público no entrega la información que el Consejo para la Transparencia ordenó entregar?

En este caso, el Consejo para la Transparencia ordenó a la Municipalidad de Quilpué entregar el expediente bajo apercibimiento de las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia, que incluyen multas y suspensión del cargo para la autoridad que incumpla. También exigió acreditar la entrega efectiva ante el Consejo.

¿Cómo se protege la identidad de un denunciante cuando se entrega un expediente administrativo por transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia instruyó tarjar previamente toda información que permita identificar al denunciante, cuando sea una persona distinta del requirente. La entrega del expediente se ordenó con esa condición.

¿Contra qué resolución del Consejo para la Transparencia procede reclamar y ante qué tribunal?

En este caso, la resolución que acogió el amparo contra la Municipalidad de Quilpué admite reclamo de ilegalidad. Este se interpone ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante.

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