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La Contraloría General de la República se pronunció sobre una controversia relativa a l…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2010

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre una controversia relativa a la terminación anticipada de un contrato de servicios municipales, fundada en que la empresa contratista habría cedido a un tercero el cobro de una factura sin autorización previa del municipio, infringiendo las bases de la licitación. El organismo concluyó que la irregularidad se originó en un error de aplicación normativa de la municipalidad, que no puede perjudicar los derechos de la empresa adjudicataria, la que se encontraba prestando los servicios contratados. Estimó además que el vicio no justifica invalidar el proceso licitatorio, pues no se vulneraron los principios de conocimiento de las bases, sujeción a ellas e igualdad de oferentes. En consecuencia, ordenó tener por no escrita la prohibición y regularizar la situación, y advirtió que, si los trabajos fueron efectivamente realizados, debe darse curso al pago para evitar un enriquecimiento sin causa.

Normas citadas

  • ley 19886 art/13 lt/b
  • ley 19886 art/13 inc/fin
  • ley 10336
  • ley 20323
  • ley 19983 art/4 inc/fin
  • ley 18695 art/98
  • ley 18575 art/3 ley 18575 art/5
  • ley 18575 art/8
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede un municipio poner término anticipado a un contrato de servicios por haber cedido el contratista el cobro de una factura sin autorización previa?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que la cesión de cobro sin autorización se originó en un error de aplicación normativa de la municipalidad, que no puede perjudicar a la empresa que prestaba los servicios, por lo que ordenó tener por no escrita la prohibición y regularizar la situación.

¿Un vicio cometido durante una licitación pública obliga a invalidar todo el proceso licitatorio?

En este caso, el organismo estimó que el vicio no justifica invalidar el proceso licitatorio, porque no se vulneraron los principios de conocimiento de las bases, sujeción a ellas ni igualdad de oferentes.

¿Qué debe hacer la municipalidad con el pago de servicios ya prestados si el contrato presenta irregularidades?

En este caso, la Contraloría advirtió que, si los trabajos fueron efectivamente realizados, debe darse curso al pago para evitar un enriquecimiento sin causa.

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