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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la contratación directa reali…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la contratación directa realizada por una municipalidad para la recuperación de subsidios de incapacidad laboral. Se determinó que el municipio no se ajustó a derecho al efectuar dicha contratación mediante trato directo, pero se reconsideró parcialmente la observación inicial al acreditarse que el porcentaje de gastos administrativos alcanzaba el 35% permitido. No obstante, se instó al alcalde a evaluar si la externalización del servicio es necesaria o si puede realizarse con personal municipal, en virtud del deber de resguardo del patrimonio municipal. Respecto al pago de los servicios efectivamente prestados por la empresa, se concluyó que, conforme a la jurisprudencia administrativa, procede el pago de las facturas para evitar un enriquecimiento sin causa de la Administración, aun cuando el convenio haya adolecido de irregularidades.

Normas citadas

  • ley 10336 art/9
  • ley 19880 art/10
  • dto 250/2004 Hacie art/10 num/7 lt/f
  • ley 18695 art/65 lt/j
  • ley 18575 art/3
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede una municipalidad contratar directamente, mediante trato directo, a una empresa para recuperar subsidios de incapacidad laboral?

En este caso, la Contraloría General de la República determinó que el municipio no se ajustó a derecho al contratar mediante trato directo. Sin embargo, la observación se reconsideró parcialmente porque se acreditó que los gastos administrativos alcanzaban el 35% permitido.

¿Qué debe evaluar un alcalde antes de externalizar la recuperación de subsidios de incapacidad laboral a una empresa privada?

En este caso, la Contraloría instó al alcalde a evaluar si la externalización del servicio es necesaria o si puede realizarse con personal municipal, en virtud del deber de resguardo del patrimonio municipal.

¿Procede pagar las facturas por servicios ya prestados si el convenio de la municipalidad adolece de irregularidades?

En este caso, la Contraloría concluyó que, conforme a su jurisprudencia, procede el pago de las facturas por los servicios efectivamente prestados para evitar un enriquecimiento sin causa de la Administración, aun cuando el convenio haya presentado irregularidades.

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