Resumen
La Contraloría General de la República rechazó una solicitud de reconsideración del oficio N° 10.055, de 2015, de la Contraloría Regional del Bío-Bío, relativo a la legalidad de una licitación pública de la Municipalidad de Chiguayante y al proceso sumarial que derivó de ella. El organismo calificó como contrato de prestación de servicios el celebrado con la empresa adjudicataria, por ajustarse a la norma interpretativa del reglamento de la Ley N° 19.886, dado que el valor de los bienes involucrados era inferior al cincuenta por ciento del monto total del acto. Asimismo, descartó la aplicación del deber de abstención del artículo 6° de la Ley N° 10.336, pues ese deber solo opera en casos litigiosos o ya conocidos por tribunales, y no en cuestiones que solo podrían debatirse judicialmente. Como la municipalidad no aportó nuevos antecedentes, se confirmó el criterio anterior en todas sus partes, ordenando acatarlo e informar a la Sede Regional en 15 días hábiles. Además, se declaró inoficioso pronunciarse sobre los planteamientos formulados por un funcionario.