El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Pol…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Policía de Investigaciones de Chile (PDI) por la negativa a entregar información sobre sus funcionarios, al tratarse de información pública sin que se advirtieran causales de reserva. Ordenó la entrega de dicha información y tuvo por entregada, de forma extemporánea y durante la gestión oficiosa, la copia del perfil de cargo de Profesional Abogado y Asistente Administrativo y de la Resolución Exenta N° 54, de 2019. Rechazó el amparo respecto de la nómina de reclamos de ilegalidad presentados por la PDI contra el Consejo, sus resultados y los abogados que representaron a la institución, por exceder lo efectivamente solicitado. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación, conforme a la Ley de Transparencia.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Resolución Exenta N° 54
Ley 19.628
Ley N° 19.880
Ley N° 18.575
Artículo 15 de la Ley N° 20.285
Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Puede un órgano del Estado negarse a entregar información sobre sus funcionarios invocando que es reservada?
En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió parcialmente el amparo contra la PDI y resolvió que la información sobre sus funcionarios es pública, sin que se advirtieran causales de reserva que justificaran la negativa. Ordenó su entrega.
¿Qué pasa si un organismo entrega la información solicitada solo después de presentado el amparo?
En este caso, el Consejo tuvo por entregada, de forma extemporánea y durante la gestión oficiosa, la copia del perfil de cargo y de la Resolución Exenta N° 54, de 2019. Aun así, el organismo fue sujeto del amparo y se pronunció sobre la negativa inicial.
¿Procede entregar la lista de reclamos de ilegalidad que una institución pública presentó contra el Consejo para la Transparencia?
En este caso, el Consejo rechazó el amparo respecto de la nómina de reclamos de ilegalidad, sus resultados y los abogados que representaron a la PDI, por exceder lo efectivamente solicitado. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones dentro de 15 días corridos desde la notificación.
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