Resumen
La Contraloría General de la República desestimó una solicitud de reconsideración del dictamen N° 1.310, de 2015, que determinó que el Instituto de Salud Pública de Chile (ISP) no puede modificar los requisitos normativos para el registro sanitario de productos farmacéuticos. El órgano contralor sostuvo que, en virtud del principio de juridicidad, el ISP solo puede actuar conforme a la ley, y que ni el Código Sanitario ni el decreto N° 3, de 2010, lo facultan para eximir a los solicitantes de presentar los estudios de seguridad y eficacia exigidos por el artículo 36 del reglamento. Al no aportarse nuevos antecedentes, se rechazó la solicitud, confirmando el dictamen original. Se instruyó al ISP ajustar sus actuaciones e informar en 30 días hábiles, y se ordenó a la D.A.A. verificar el cumplimiento y evaluar un eventual procedimiento disciplinario.