Tributario

Cumple con la calidad de empresa de transporte público de pasajeros que exige el artícu…

Oficio · Servicio de Impuestos Internos · 2017

Resumen

Cumple con la calidad de empresa de transporte público de pasajeros que exige el artículo 1° de la Ley N°19.764, del 2001, aquella empresa que encontrándose inscrita como asimismo sus buses en el Registro de Transporte Público de Pasajeros, en cumplimiento de la normativa legal contenida en el Decreto Supremo N°212, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, de 1992, conduce a pasajeros siguiendo el trazado o recorrido, en los días y en los horarios, y utilizando los paraderos o terminales, todos previamente establecidos en la Resolución que fija las condiciones en que se autoriza el servicio de transporte público de pasajeros. [1] La Ley N° 19.764 fue publicada en el Diario Oficial el 19 de octubre, del 2001. [2] La consulta fue efectuada por XXXX, en representación del contribuy

Normas citadas

  • Ley de Impuesto a la Renta
SIIServicio de Impuestos Internosjurisprudencia administrativaoficioLey de Impuesto a la Renta

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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.