Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente interpuso un recurso de protección contra Isapre Consalud S.A. por modificar injustificada y unilateralmente el precio base de su plan de salud a partir de septiembre de 2025. Alegó que dicha modificación era ilegal y arbitraria, afectando sus garantías constitucionales. La Corte Suprema analizó el marco normativo aplicable, incluyendo los artículos 197, 198 y 198 bis del D.F.L. N°1 de 2005, así como las circulares y resoluciones de la Superintendencia de Salud que establecen los parámetros para el alza de precios. Se determinó que el aumento del precio base fue parte de un proceso regulado y fiscalizado por la autoridad, basado en parámetros técnicos objetivos. Por lo tanto, no se configuró un acto ilegal o arbitrario que vulnerara garantías fundamentales. En consecuencia, se confirmó la sentencia apelada y se rechazó la acción de protección.