Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un ex funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile, en retiro temporal, que pedía ser reincorporado tras haber sido sobreseído judicialmente. El órgano concluyó que no procede la reincorporación, pues el retiro temporal es una facultad del Presidente de la República que no constituye sanción y no depende del resultado de la causa penal, conforme al artículo 90, letra b), de la ley N° 18.834. Asimismo, descartó que exista una doble expulsión: la resolución N° 40, de 2010, que aplicó la baja por mala conducta, solo tuvo por objeto registrar la sanción en la hoja de vida del funcionario, en cumplimiento del inciso final del artículo 147 del Estatuto Administrativo, sin producir un nuevo cese de funciones. Al no aportar antecedentes nuevos, la Contraloría desestimó la reconsideración y confirmó el dictamen N° 15.684, de 2011.