Resumen
La Contraloría General de la República resolvió que no procede invalidar el retiro temporal de un exservidor de la Policía de Investigaciones de Chile, ordenado por decreto en 2004. El recurrente pretendía revaluar su caso, pero el organismo concluyó que hacerlo afectaría la seguridad jurídica del acto que lo desvinculó. Explicó que el dictamen N° 23.114, de 2007, cambió la jurisprudencia y que su nuevo criterio rige solo hacia el futuro, sin alterar situaciones constituidas bajo la doctrina anterior. Agregó que, aun si existiera un vicio, la acción de invalidación ya estaría vencida por el plazo de caducidad de dos años del artículo 53 de la ley N° 19.880, que no se suspende por reclamos. Por ello, ratificó los dictámenes previos de 2009.