El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento que impugnaba el artícu…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019
Resumen
El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento que impugnaba el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que restringe la aplicación de penas sustitutivas a la privación de libertad para ciertos delitos. La mayoría sostuvo que el derecho a punir del Estado no es absoluto y debe limitarse por principios constitucionales como la dignidad humana, la proporcionalidad y la igualdad, considerando que la exclusión total de beneficios para ciertos delitos es desproporcionada e impide al juez valorar el caso concreto y optar por sanciones orientadas a la reinserción social. Sin embargo, la parte resolutiva del fallo desestimó la impugnación, argumentando que suprimir penas sustitutivas es una facultad del legislador, racional y no discriminatoria, especialmente en delitos contra el control de armas, donde la Constitución permite un tratamiento diferenciado.
Normas citadas
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
artículo 17, numeral B, de Ley N° 17.365
artículo 3, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 21, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social
Preguntas frecuentes
¿Puede el legislador excluir de forma absoluta las penas sustitutivas para ciertos delitos en Chile?
En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que el derecho a punir del Estado no es absoluto, pero la parte resolutiva desestimó el requerimiento. Señaló que suprimir penas sustitutivas es una facultad del legislador, racional y no discriminatoria, especialmente en delitos contra el control de armas.
¿El juez puede aplicar penas sustitutivas en delitos de armas si la ley lo prohíbe?
En este caso, el Tribunal Constitucional reconoció que la exclusión total impide al juez valorar el caso concreto y optar por sanciones orientadas a la reinserción social. Aun así, desestimó la impugnación, por lo que la restricción legal se mantuvo vigente.
¿Qué principios constitucionales limitan la facultad punitiva del Estado frente a la aplicación de penas?
En este caso, la mayoría del Tribunal Constitucional sostuvo que la dignidad humana, la proporcionalidad y la igualdad limitan el derecho a punir del Estado. Sin embargo, la parte resolutiva del fallo no acogió el requerimiento contra la norma impugnada.
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