El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucio…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019
Resumen
El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que restringe la aplicación de penas sustitutivas a las privativas de libertad. El Tribunal sostuvo que dicha restricción vulnera los principios constitucionales de proporcionalidad de las penas, igualdad ante la ley y derecho a un procedimiento racional y justo, consagrados en el artículo 19 de la Constitución. Se argumentó que la privación de libertad debe ser una medida de última ratio, reservada para delitos graves, y que las penas sustitutivas no constituyen impunidad, sino sanciones punitivas orientadas a la reinserción social. La exclusión absoluta de estas penas carece de racionalidad y proporcionalidad al no considerar la gravedad concreta del delito ni las circunstancias del caso, lo que resulta incompatible con los estándares constitucionales y la dignidad humana.
Normas citadas
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
artículo 17, inciso B, de Ley N° 17.365
artículo 19, numeral 2, de Ley N° 20.084
artículo 19, numeral 3, de Ley N° 20.084
artículo 3, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 21, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaDeterminación de la penaIgualdad ante la LeyReinserción social
Preguntas frecuentes
¿Es constitucional excluir de las penas sustitutivas a toda persona condenada a pena privativa de libertad, sin considerar la gravedad del delito?
En este caso, el Tribunal Constitucional acogió el requerimiento y sostuvo que la exclusión absoluta de las penas sustitutivas vulnera la proporcionalidad de las penas, la igualdad ante la ley y el debido proceso. Señaló que carece de racionalidad al no considerar la gravedad concreta del delito ni las circunstancias del caso.
¿Las penas sustitutivas equivalen a impunidad para el condenado?
En este caso, el Tribunal sostuvo que las penas sustitutivas no constituyen impunidad, sino sanciones punitivas orientadas a la reinserción social. Agregó que la privación de libertad debe ser una medida de última ratio, reservada para delitos graves.
¿Puede el Tribunal Constitucional declarar inaplicable un inciso de la Ley N° 18.216 que restringe el acceso a penas sustitutivas?
En este caso, el Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del artículo 1 de la Ley N° 18.216. Consideró que esa restricción vulnera principios constitucionales consagrados en el artículo 19 de la Constitución.
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