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La Contraloría General de la República rechazó el reclamo presentado por un funcionario…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República rechazó el reclamo presentado por un funcionario municipal regido por la ley N° 18.883, quien impugnó su calificación anual. El organismo determinó que el ejercicio de las funciones propias del director de control, consistentes en representar al alcalde los actos que no se ajustan al ordenamiento jurídico, no constituye una denuncia en los términos del artículo 58, letra k), de la ley N° 18.883. Por ello, no resulta aplicable la protección especial contemplada en el artículo 88 A de dicho estatuto, que ampara a quienes denuncian hechos de corrupción de buena fe. Al no verificarse los vicios alegados, se desestimaron las reclamaciones del funcionario.

Normas citadas

  • ley 18883 art/47
  • ley 18883 art/156
  • ley 18883 art/37 inc/1
  • dto 1228/92 INTER art/17 lt/a
  • ley 18883 art/88A lt/c
  • ley 18883 art/58 lt/k
  • ley 18695 art/29 lt/a
  • ley 18695 art/29 lt/b
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Constituye denuncia para efectos de la protección del artículo 88 A de la ley 18.883 el ejercicio de las funciones propias de un director de control municipal?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que representar al alcalde los actos municipales que no se ajustan al ordenamiento jurídico no es una denuncia en los términos del artículo 58, letra k), de la ley 18.883. Por ello, no se aplica la protección del artículo 88 A a quien ejerce esas funciones.

¿Puede un funcionario municipal regido por la ley 18.883 impugnar su calificación anual invocando la protección por denuncia de buena fe?

En este caso, el organismo rechazó el reclamo de un funcionario que impugnó su calificación anual, al concluir que no se verificaban los vicios alegados. Como sus actuaciones no eran denuncias en el sentido del artículo 58, letra k), no se le aplicó la protección especial del artículo 88 A.

¿Qué efecto tiene la representación de actos ilegales por parte del director de control en la protección contra la corrupción de funcionarios municipales?

En este caso, la Contraloría sostuvo que esa representación forma parte de las funciones propias del director de control y no equivale a una denuncia protegida por el artículo 88 A de la ley 18.883. Por ello, quien la ejerce no queda amparado por esa protección especial.

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