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La Contraloría General de la República desestimó un reclamo presentado por una funciona…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República desestimó un reclamo presentado por una funcionaria municipal, al considerar que no se aportaron antecedentes suficientes para acreditar un menoscabo laboral. Además, se determinó que resultó improcedente la medida de suspensión preventiva de funciones aplicada durante una breve investigación sumaria, ya que dicha herramienta, contemplada en el artículo 134 de la ley N° 18.883 (Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales), solo puede ser ordenada en el curso de un sumario seguido contra servidores sujetos a ese texto estatutario, no respecto de trabajadores regidos por el Código del Trabajo. No obstante, se instruyó a la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda adoptar medidas para evitar que situaciones similares se repitan. Finalmente, se precisó que la Contraloría es competente para pronunciarse sobre materias relacionadas con la interpretación y aplicación de normas laborales que constituyen el régimen estatutario de funcionarios públicos.

Normas citadas

  • ley 18883 art/134
  • pol art/98
  • ley 10336 art/1
  • ley 10336 art/6
  • ley 10336 art/9
  • ley 18695 art/51
  • ley 18695 art/52
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede un municipio aplicar la suspensión preventiva de funciones durante una investigación sumaria a un trabajador regido por el Código del Trabajo?

No. En este caso, la Contraloría General de la República determinó que la suspensión preventiva del artículo 134 de la ley N° 18.883 solo puede ordenarse en un sumario seguido contra servidores sujetos a ese estatuto, por lo que resultó improcedente respecto de trabajadores regidos por el Código del Trabajo.

¿Qué facultades tiene la Contraloría para pronunciarse sobre normas laborales aplicables a funcionarios municipales?

En este caso, la Contraloría precisó que es competente para pronunciarse sobre la interpretación y aplicación de normas laborales que forman parte del régimen estatutario de los funcionarios públicos.

¿Basta una denuncia de menoscabo laboral para que la Contraloría acoja un reclamo de un funcionario municipal?

No necesariamente. En este caso, la Contraloría desestimó el reclamo porque no se aportaron antecedentes suficientes para acreditar el menoscabo laboral alegado, aunque instruyó a la municipalidad adoptar medidas para evitar situaciones similares.

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