Resumen del criterio jurisprudencial
Importaba tener en cuenta que la norma no exigía más que la conducta del contribuyente encuadrara en una infracción tributaria de las características mencionadas, sin que requiriera la efectiva persecución de la pena corporal a través de la interposición de una querella criminal, ni que se hubiese establecido en sede penal la efectividad de un delito tributario, como tampoco imponía que se hubiera optado por la sanción pecuniaria.