Tributario

Tributario: SII, jurisprudencia judicial tributaria

Resumen del criterio jurisprudencial

La I. Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de apelación interpuesto por el Servicio de Impuestos Internos y revocó la sentencia dictada por el Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana que acogió en parte la acción de vulneración de derechos impetrada por la contribuyente. El Tribunal a quo acogió la acción de vulneración de derechos, en relación a la tardía respuesta del Servicio de Impuestos Internos a la presentación de la contribuyente que solicitaba información sobre si se había ordenado el inicio de algún procedimiento sumario administrativo o investigación sumaria en su contra por haber autorizado el término de giro sobre utilidades que fueron reinvertidas, sin dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por el Director Nacional. La autoridad administrativa resolvió la consulta fuera del plazo de diez días dispuesto en el artículo 24 de la Ley N° 19.880 para emitir informes o pronunciamientos complejos. La Corte de Apelaciones señaló que si el Servicio de Impuestos Internos entendió, como lo señalo en su defensa, que lo requerido excedía el marco de la información a que se refería el artículo 8 bis Nº 3 del Código Tributario, así lo debería haber manifestado, cualquiera fuera la causal que estimaba aplicar, ello con el objeto de otorgar certeza a los requirentes o, al menos, permitirles accionar ante otra autoridad administrativa o judicial, según su elección. Añadió la Corte que el silencio de la administración configuró una afectación real a los derechos de los administrados a conocer información sobre su situación tributaria, incluyendo el conocimiento sobre eventuales procedimientos de fiscalización incoados en su contra; garantía, considerada como contrapartida necesaria ante la potestad del órgano recaudador. Añadió el Tribunal de alzada, que sin perjuicio de haberse constatado una infracción efectiva al derecho de información del contribuyente; al tiempo de interposición del reclamo la acción de tutela de derechos perdió su objeto, en cuanto se otorgó aquella información que si podía comprenderse entre aquellas a las que el Servicio de Impuestos Internos estaba obligado a entregar en plazo. Enervándose de ese modo la acción intentada, pues la respuesta fue completa en relación a lo solicitado. La Corte de Apelaciones concluyó que el procedimiento produjo sus efectos al restablecer el imperio del derecho y asegurar la efectiva protección de los solicitantes al haberse otorgado la información requerida.

SIIjurisprudencia judicial tributaria

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.