Resumen del criterio jurisprudencial
Se rechaza el reclamo por no haberse acreditado el carácter necesario de las sumas pagadas por el reclamante a sus trabajadores, en atención a que éstas no constituyen remuneraciones ni tampoco gratificaciones legales ni convencionales o contractuales, por no cumplir con los supuestos legales en el caso de las primeras o estar contempladas en el contrato de trabajo o un anexo del mismo en el caso de las segundas; tampoco son gratificaciones voluntarias por no haberse indicado cuáles eran los parámetros en base a los cuales se pagaban estas sumas, las que además no fueron solucionadas a todos los trabajadores. la iltma. corte de apelaciones confirma la sentencia y la excma. corte suprema rechaza el recurso de casación deducido.