Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) resolvió una petición de decisión prejudicial sobre la interpretación del artículo 2, apartado 2, letras a) y b), de la Directiva 2000/43/CE. La cuestión surgió en el contexto de litigios entre arrendadores públicos y arrendatarios de viviendas en Dinamarca, así como entre arrendatarios y el ministerio danés de vivienda. La normativa danesa exige la adopción de planes de desarrollo para reducir el porcentaje de viviendas públicas familiares en zonas donde la proporción de 'inmigrantes procedentes de países no occidentales y sus descendientes' supere el 50% durante los últimos cinco años. El Tribunal analizó si dicha normativa constituye discriminación directa o indirecta por origen étnico. Concluyó que si la normativa se basa en los orígenes étnicos de los residentes, es discriminación directa; si es neutral en apariencia pero sitúa en desventaja a ciertos grupos étnicos y no es proporcionada, constituye discriminación indirecta. El fallo no resuelve el fondo de los casos principales, sino que orienta a los tribunales nacionales sobre la interpretación de la Directiva.