El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronuncia sobre la aplicación del princi…
Sentencia · 2023
Resumen
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronuncia sobre la aplicación del principio non bis in idem en procedimientos administrativos por prácticas comerciales desleales. El caso versa sobre si una persona jurídica puede ser sancionada penalmente en un Estado miembro después de haber sido multada administrativamente por los mismos hechos en otro Estado miembro. El Tribunal interpreta el artículo 50 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE en el sentido de que se opone a mantener una multa de carácter penal cuando existe una condena penal previa en otro Estado miembro, aunque sea posterior en fecha pero anterior en firmeza. Asimismo, el Tribunal establece que el artículo 52, apartado 1, de la Carta permite limitar el principio non bis in idem bajo requisitos específicos de coordinación y proporcionalidad.
Normas citadas
Artículo 50 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea
Artículo 52, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea
Artículo 54 del Convenio de Aplicación del Acuerdo de Schengen de 14 de junio de 1985
Artículo 267 TFUE
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