Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo deducido contra la Municipalidad de San Pedro por la solicitud de información de una funcionaria municipal sobre su situación laboral. Se ordenó la entrega de decretos alcaldicios y memorándums, hojas de registro de asistencia, liquidaciones de sueldo, antecedentes sobre el uso de licencias médicas, lugar y labores desempeñadas, procesos disciplinarios y la regularización de su situación, por no haberse respondido oportunamente y tratarse de información pública sin causales de reserva invocadas, o bien por exigirse una búsqueda exhaustiva y una respuesta fundada si algún antecedente no existiera. Por voto de mayoría se rechazó el amparo en cuanto a los correos electrónicos, por considerar que la Ley de Transparencia no cumple la especificidad que exige la Constitución para restringir el derecho a la privacidad. La consejera disidente estimó procedente su entrega, por tratarse de comunicaciones generadas desde una casilla institucional en el ejercicio de funciones públicas. Finalmente, el Consejo resolvió que, posteriormente, se ordenó la entrega de dichos correos electrónicos al no concurrir causal de reserva, por tratarse de intercambios vinculados a la función pública.