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El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Mun…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Municipalidad de San Pedro de Melipilla. Se ordenó entregar copia de la respuesta dada en sesión del Consejo Municipal a un concejal sobre el uso de WhatsApp como medio de comunicación oficial, y la información sobre el pago de honorarios al solicitante, junto con el documento emitido por la Dirección de Administración y Finanzas. El Consejo desestimó las causales de secreto invocadas y la alegada afectación a la estrategia judicial. Se rechazó el amparo respecto de los actos administrativos que instruyen sumarios e investigaciones sumarias, por no especificarse período, lo que implicaría una distracción indebida de funcionarios. Debe tarjarse los datos personales de terceros, y el municipio debe acreditar el cumplimiento. El amparo también se rechazó respecto del numeral 4, por la causal de reserva del artículo 21 N°1.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoGrupos de interés especial

Preguntas frecuentes

¿Puede una municipalidad negarse a entregar documentos alegando que afectan una estrategia judicial?

En este caso, el Consejo para la Transparencia desestimó la alegada afectación a la estrategia judicial y ordenó entregar la información solicitada a la Municipalidad de San Pedro de Melipilla. Además, debe tarjar los datos personales de terceros antes de la entrega.

¿Se puede pedir por Ley de Transparencia los actos administrativos que instruyen sumarios e investigaciones sumarias de una municipalidad?

En este caso, el Consejo rechazó el amparo respecto de esos actos porque la solicitud no especificaba un período, lo que implicaría una distracción indebida de funcionarios. La decisión se fundó en la forma amplia de la petición, no en una reserva sobre la materia.

¿Qué debe hacer un municipio cuando el Consejo para la Transparencia ordena entregar información?

En este caso, el Consejo ordenó a la Municipalidad de San Pedro de Melipilla entregar la información requerida, tarjando previamente los datos personales de terceros, y acreditar el cumplimiento de la resolución.

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