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El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo presentado en contra del Ejército de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo presentado en contra del Ejército de Chile, relativo a la entrega del listado de proveedores inscritos en el Registro Especial de Proveedores del Ejército (R.E.P.E.) que hubieran formado parte de la institución en calidad de retiro. El organismo requerido señaló que dicha información no obraba en su poder, ya que el registro no contempla el antecedente de haber pertenecido al Ejército. Al no existir antecedentes que desvirtuaran lo afirmado por el Ejército, el Consejo determinó que no procedía exigir la entrega de información que no está en su poder, aplicando el criterio de decisiones previas.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley 19.886
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley 21.174
  • Ley 13.196
  • Ley N° 20.424
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede un organismo público negarse a entregar información por no tenerla en su poder en el marco de la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que no procede exigir la entrega de información que el organismo no posee, al no existir antecedentes que desvirtuaran su afirmación. El Ejército había señalado que el registro de proveedores no contempla si un inscrito perteneció a la institución.

¿Qué pasa si el registro de proveedores de un organismo no contiene un dato que se pide por transparencia?

Según esta resolución, si el registro no contempla el antecedente solicitado, el organismo no está obligado a generar un listado que no existe en sus bases. El Consejo rechazó el amparo presentado contra el Ejército de Chile por esa razón.

¿Cuándo se rechaza un amparo a la transparencia por falta de información en poder del organismo?

El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo porque el Ejército de Chile indicó que el listado pedido no obraba en su poder y no hubo antecedentes que lo contradijeran. Para resolver, aplicó el criterio de decisiones previas del propio organismo.

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