Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo contra el Ejército de Chile, que había denegado la entrega de contratos celebrados con proveedores entre 2010 y el 20 de septiembre de 2012, fundando la inexistencia de esos documentos en que los proveedores no figuraban en el registro especial de proveedores del sector defensa. El Consejo consideró que dicho registro no estaba en funcionamiento en esa época, pues su reglamento se publicó en el Diario Oficial el 22 de mayo de 2012 y entró en vigencia 120 días después, por lo que la inexistencia alegada no resultaba plenamente justificada. Se ordenó la entrega de los contratos de ese periodo, con la advertencia de que, si el órgano no los tiene, deberá explicarlo y acreditarlo en la etapa de cumplimiento. Se rechazó el amparo respecto de los contratos del periodo posterior al 20 de septiembre de 2012 hasta 2018, por no existir antecedentes que contradijeran la afirmación del órgano de que tales documentos no existen.