Resumen del criterio jurisprudencial
En procedimiento simplificado por delito de lesiones menos graves previsto en el artículo 399° del Código Penal, se decreta la suspensión condicional del procedimiento por el período de un año, a favor del imputado, imponiéndose las condiciones de asistir al Centro de Rehabilitación Ministerio Evangelístico “Discipulados de Amor", durante un período de nueve meses; de acudir periódicamente ante el Ministerio Público cada 30 días, el primer sábado de cada mes, dentro del plazo de un año; la de fijar domicilio e informar al Ministerio Público de cualquier cambio del mismo y; la de pagar una suma de dinero de $ 5.000 (cinco mil pesos) a la víctima.