Resumen
La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por la demandante contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que confirmó el fallo de primer grado que rechazó la solicitud de regularización de derechos de aprovechamiento de aguas. La actora, S.Z.G., propietaria de un predio en Zapar de Toconao, pretendía regularizar derechos de aguas basándose en un certificado de la Asociación Indígena Atacameña de Regantes y Agricultores de Zapar y un informe técnico de la Dirección General de Aguas. Los tribunales de fondo estimaron que no se acreditó el uso ininterrumpido, pacífico y no clandestino de las aguas por más de cinco años a la entrada en vigencia del Código de Aguas en 1981. La recurrente denunció infracción a las leyes reguladoras de la prueba, específicamente los artículos 342 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y 1698 y siguientes del Código Civil, alegando una errónea ponderación de la prueba. La Corte Suprema consideró que el recurso no logró demostrar una efectiva infracción a dichas normas, pues los jueces de fondo valoraron correctamente los antecedentes, especialmente el informe técnico que no era concluyente y las declaraciones juradas que no cumplían el plazo legal. En consecuencia, los hechos establecidos por los jueces del mérito quedaron firmes e inamovibles para el tribunal de casación, por lo que se rechazó el recurso.