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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de Lebu, ordenando la entrega de una copia del expediente de permiso de edificación. Se consideró que el legislador estableció un procedimiento de publicidad para las gestiones administrativas relacionadas con la construcción, y se descartó la afectación a derechos de terceros como causal de reserva. El municipio deberá tarjar los datos personales, pero mantener los nombres y firmas de los profesionales intervinientes, aplicando el principio de divisibilidad de la Ley de Transparencia. La resolución advierte sanciones en caso de incumplimiento, incluyendo multas y suspensión del cargo.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.628
  • Decreto supremo N° 458
  • Decreto supremo N° 47
  • Oficio Ord. N° 409
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Una persona puede pedir copia del expediente de un permiso de edificación en una municipalidad?

Sí. En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo y ordenó a la Municipalidad de Lebu entregar copia del expediente de permiso de edificación, al considerar que la ley establece un procedimiento de publicidad para las gestiones administrativas relacionadas con la construcción.

¿La protección de datos de terceros impide entregar el expediente de un permiso de construcción?

No necesariamente. El Consejo descartó que la afectación a derechos de terceros fuera una causal de reserva suficiente, pero ordenó tarjar los datos personales, manteniendo los nombres y firmas de los profesionales intervinientes conforme al principio de divisibilidad de la Ley de Transparencia.

¿Qué consecuencias tiene para un municipio no entregar la información de un permiso de edificación cuando el Consejo lo ordena?

La resolución advierte sanciones en caso de incumplimiento, incluyendo multas y suspensión del cargo para los funcionarios responsables, por lo que el municipio debe cumplir la orden de entrega con los tarjados ordenados.

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