El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad presentado contra…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2020
Resumen
El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad presentado contra el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que establece penas sustitutivas a la privación de libertad. La sentencia declaró que dicha disposición es contraria a la Constitución en el caso concreto, por vulnerar los principios de proporcionalidad, dignidad humana e igualdad ante la ley (artículos 1°, 19 N° 2° y 19 N° 3° de la Constitución). El Tribunal argumentó que la norma impugnada restringe de manera desproporcionada e irracional el acceso a penas sustitutivas, al excluir ciertos delitos sin considerar la gravedad específica del hecho ni la finalidad de reinserción social. Se concluyó que esta exclusión absoluta no cumple con los fines del sistema penal, generando una situación de irracionalidad incompatible con la Carta Fundamental, por lo que se ordenó su inaplicabilidad en el caso particular.
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Preguntas frecuentes
¿Es constitucional excluir de penas sustitutivas a la privación de libertad a ciertos delitos sin considerar la gravedad del hecho?
En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que la exclusión absoluta del artículo 1° inciso segundo de la Ley N° 18.216 es contraria a la Constitución en el caso concreto. Estimó que restringe de manera desproporcionada e irracional el acceso a estas penas, sin atender a la gravedad específica del hecho ni a la finalidad de reinserción social, por lo que ordenó su inaplicabilidad en ese caso.
¿Qué principios constitucionales pueden vulnerarse por una norma que impide el acceso a penas sustitutivas?
En este caso, el Tribunal sostuvo que la norma impugnada vulnera los principios de proporcionalidad, dignidad humana e igualdad ante la ley, consagrados en los artículos 1°, 19 N° 2° y 19 N° 3° de la Constitución. Lo fundamentó en que la exclusión absoluta no cumple los fines del sistema penal.
¿Qué efecto tiene una sentencia de inaplicabilidad por inconstitucionalidad en materia de penas sustitutivas?
En este caso, el Tribunal Constitucional acogió el requerimiento y ordenó la inaplicabilidad del artículo 1° inciso segundo de la Ley N° 18.216 únicamente en el caso particular. La norma no fue derogada ni declarada inconstitucional con efecto general, sino que dejó de aplicarse en esa causa.
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