El Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra la Municipalidad de Lampa, que…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra la Municipalidad de Lampa, que había denegado el acceso a decretos alcaldicios que autorizaron trato directo en compras públicas por causal de urgencia, emergencia o imprevisto durante 2019, 2020 y 2021, junto con la justificación remitida a la Contraloría General de la República. El Consejo estimó que se trataba de información pública en poder del órgano y desestimó la causal de reserva por afectación al debido funcionamiento del órgano. En consecuencia, ordenó entregar la información, tarjando previamente los datos personales de terceros conforme a la ley N° 19.628, en un plazo de 15 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, y acreditar su entrega. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos.
Normas citadas
Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoOtros
Preguntas frecuentes
¿Qué plazo tiene un órgano público para cumplir una decisión del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información?
En este caso, el Consejo ordenó entregar la información en un plazo de 15 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, debiendo además acreditar su entrega.
¿Cómo se puede impugnar una decisión del Consejo para la Transparencia que acoge un amparo de acceso a la información?
En este caso, se indicó que contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos.
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