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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia del bono por r…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia del bono por retiro voluntario de la ley N° 20.612 y la asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario de la ley N° 19.490, solicitados por una funcionaria del sector salud. Respecto al bono, se indicó que quienes postulen con rebaja de edad por trabajos pesados deben acreditar la disminución requerida mediante certificado pertinente. En cuanto a la asignación, se determinó que la recurrente no tiene derecho a su pago, pues no fue evaluada en el período anterior a su otorgamiento debido a que no concurrió a sus labores por más de seis meses, por uso de feriado, reposos médicos y permisos, situación que, conforme al artículo 40 de la ley N° 18.834 y la jurisprudencia del ente contralor, impide la calificación y, por ende, el beneficio.

Normas citadas

  • ley 20612 art/1 inc/1
  • ley 20612 art/6 inc/2
  • ley 20612 art/6 inc/3
  • dl 3500/80 art/68 bis
  • ley 20921 art/1
  • ley 19490 art/1
  • ley 18834 art/40
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Qué debe acreditar un funcionario que postula al bono por retiro voluntario con rebaja de edad por trabajos pesados?

En este caso, la Contraloría General de la República indicó que quienes postulen con rebaja de edad por trabajos pesados deben acreditar la disminución requerida mediante el certificado pertinente.

¿Tiene derecho a la asignación de estímulo por experiencia y desempeño un funcionario que no fue evaluado en el período anterior por ausencias prolongadas?

En este caso, la Contraloría determinó que la recurrente no tiene derecho a la asignación, porque no fue evaluada al no concurrir a sus labores por más de seis meses, debido a feriado, reposos médicos y permisos. Según el dictamen, esa situación impide la calificación y, por ende, el beneficio.

¿Las ausencias por feriado, reposos médicos y permisos impiden la calificación de un funcionario público para efectos de beneficios?

En este caso, la Contraloría sostuvo que, conforme al artículo 40 de la ley N° 18.834 y su jurisprudencia, la ausencia superior a seis meses por esas causas impide la calificación y, con ello, el pago de la asignación.

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