El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Servicio de Regi…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Servicio de Registro Civil e Identificación, limitado a la falta de respuesta oportuna a una solicitud de información sobre copias de formularios de declaración de antecedentes y solicitudes de inscripción de nacimiento. El tribunal consideró que la respuesta entregada por el organismo después de interpuesto el reclamo subsanó la falta, pero representó la infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia y al principio de oportunidad, por no haber atendido la solicitud dentro del plazo legal. Se señaló que la información de los registros públicos se entrega mediante certificados y copias autorizadas, previo suministro de datos como nombre o RUN, y que el requirente no puede eludir esas exigencias usando la Ley de Transparencia.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley N° 19.880
DFL N° 1282
Ley N° 18.575
Ley N° 18.091
Ley N° 19.628
Artículo 9 de la Ley N° 18.091
Artículo 10 de la Ley N° 20.285
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si un organismo público no responde a una solicitud de información dentro del plazo legal?
En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo porque el Servicio de Registro Civil e Identificación no respondió la solicitud dentro del plazo, aunque luego entregó la información. El Consejo estimó que esa demora infringió el artículo 14 de la Ley de Transparencia y el principio de oportunidad.
¿Se puede pedir copias de formularios de inscripción de nacimiento usando la Ley de Transparencia?
En este caso, el Consejo sostuvo que los registros públicos del Registro Civil se entregan mediante certificados y copias autorizadas, previo suministro de datos como nombre o RUN. Por lo tanto, el requirente no puede eludir esas exigencias recurriendo a la Ley de Transparencia.
¿La entrega tardía de la información después de presentado un amparo evita que el Consejo para la Transparencia sancione o reproche la demora?
En este caso, el Consejo consideró que la entrega posterior al reclamo subsanó la falta de información, pero igualmente constató la infracción al plazo legal de respuesta. Así, la demora fue reprochada aun cuando la información se entregó después.
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