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La Contraloría General de la República se abstuvo de pronunciarse sobre si una exdocent…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2012

Resumen

La Contraloría General de la República se abstuvo de pronunciarse sobre si una exdocente de la Municipalidad de El Bosque tenía derecho a la indemnización del artículo 2° transitorio de la ley N° 19.070 y a la bonificación por retiro voluntario del artículo 2° transitorio de la ley N° 20.158. La recurrente había demandado judicialmente ese pago: la Corte de Apelaciones de San Miguel le fue favorable, pero la Corte Suprema revocó esa sentencia. El organismo fundó su abstención en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336 y en el artículo 54, inciso tercero, de la ley N° 19.880, que impiden intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de un tribunal. Por ello, resolvió que se estará a los resultados de los procesos judiciales, sin que ello afecte la vigencia de la jurisprudencia administrativa de la Contraloría.

Normas citadas

  • ley 20158 art/2 tran
  • ley 19070 art/2 tran
  • ley 10336 art/6 inc/3
  • ley 19880 art/54 inc/3
  • cci art/3
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede la Contraloría pronunciarse sobre el derecho a la indemnización del artículo 2° transitorio de la ley 19.070 cuando el mismo asunto está en tribunales?

No. En este caso, la Contraloría se abstuvo de pronunciarse porque el asunto estaba sometido al conocimiento de los tribunales, conforme al artículo 6°, inciso tercero, de la ley 10.336 y al artículo 54, inciso tercero, de la ley 19.880, y resolvió estarse a lo que se resuelva en los procesos judiciales.

¿Qué pasa con una reclamación administrativa sobre bonificación por retiro voluntario de docentes si ya fue demandada ante la justicia?

En este caso, el organismo no emitió pronunciamiento sobre la bonificación por retiro voluntario del artículo 2° transitorio de la ley 20.158, porque la demanda judicial sobre ese pago ya estaba en tramitación. La Corte Suprema revocó la sentencia favorable de la Corte de Apelaciones, y la Contraloría remitió el asunto a lo que resuelvan los tribunales.

¿La abstención de la Contraloría por existir un juicio pendiente afecta su jurisprudencia administrativa?

No. En este caso, la Contraloría señaló que su decisión de estarse a los resultados de los procesos judiciales no afecta la vigencia de su jurisprudencia administrativa sobre la materia.

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