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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra la Municipalidad de Hijuelas,…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2019

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra la Municipalidad de Hijuelas, relativo a la solicitud de información sobre las patentes comerciales vigentes de la comuna. Se discutía si el dato del RUT de los contribuyentes, personas naturales y jurídicas, debía ser entregado junto con la patente. El Consejo resolvió que la patente municipal es un acto administrativo formal que acredita el cumplimiento de requisitos para ejercer una actividad comercial, por lo que constituye información pública y el RUT, como dato integrante del documento, debe sujetarse a su publicidad, en línea con sus decisiones previas. En consecuencia, requirió a la alcaldesa entregar la información en un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, acreditando su cumplimiento ante el Consejo.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Es pública la información sobre las patentes comerciales municipales en Chile, incluido el RUT del contribuyente?

En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que la patente municipal es un acto administrativo formal que acredita el cumplimiento de requisitos para ejercer una actividad comercial, por lo que constituye información pública. Además, resolvió que el RUT, como dato integrante del documento, debe sujetarse a la misma publicidad.

¿Puede un municipio negarse a entregar el RUT de los contribuyentes junto con las patentes comerciales vigentes?

En este caso, el Consejo acogió el amparo contra la Municipalidad de Hijuelas y consideró que negarse a entregar el RUT junto con la patente no era procedente. Por ello, ordenó entregar la información en cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada.

¿Qué plazo tiene un municipio para cumplir una decisión del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información?

En este caso, el Consejo requirió a la alcaldesa de Hijuelas entregar la información en un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada. Además, debía acreditar su cumplimiento ante el Consejo.

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