PenalAcoge

La Fiscalía acusó al imputado como autor del delito de robo con fuerza en lugar no habi…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Fiscalía acusó al imputado como autor del delito de robo con fuerza en lugar no habitado. Respecto de las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, señaló que se debía aplicar el artículo 51 del Código Penal por el grado de ejecución que alcanzó el delito, así como la agravante de ser reincidente en delito de la misma especie. El acusado reconoció su responsabilidad en los hechos, procediéndose conforme a las reglas del procedimiento simplificado. La Defensa solicitó se le aplicara la pena que contempla el artículo 395 del Código Procesal Penal, así como que se le reconociera la concurrencia de la atenuante del artículo 11 Nº 7 del Código Penal. El Tribunal tuvo por acreditados el delito y la participación, acogiendo las circunstancias modificatorias alegadas por las partes. Sin embargo, rechazó la solicitud de la Defensa de aplicar sólo una pena de multa, por cuanto la norma del artículo 395 del Código Procesal Penal es una norma adjetiva y sólo resulta posible aplicar una pena única de multa para aquellas faltas o delitos que tienen dicha sanción como pena alternativa.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.