Resumen del criterio jurisprudencial
Inversiones Aqualama Limitada dedujo recurso de casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que desechó su reclamación contra las Resoluciones N°s.03 y 04 de la Dirección General de Aguas, de 19 de enero de 2004, las que rechazaron el recurso de reconsideración respecto de las Resoluciones exentas N°s.529 y 528, de 12 de septiembre de 2003, que denegaron la oposición a la solicitud de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas presentada por la Compañía de Servicios de Aguas Yalqui Limitada y constituyeron a favor de esta última derechos consuntivos por caudales de 20 y 85 litros por segundo en la comuna de Calama. La reclamante sostenía que la cuenca del Río Loa había sido declarada agotada por resolución DGA N°197 de 24 de enero de 2000, por lo que no podían concederse nuevos derechos consuntivos permanentes, y que se afectaban sus propios derechos. La sentencia recurrida había confirmado la actuación de la DGA, y la Corte Suprema desestimó el recurso de casación al considerar que no se vulneraron los artículos 3, 22, 137, 141 y 282 del Código de Aguas, ya que la recurrente pretendía desvirtuar los presupuestos fácticos establecidos por los jueces de fondo, los que deben aceptarse como definitivos.