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El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad del artículo 318…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021

Resumen

El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad del artículo 318 del Código Penal, declarándolo inconstitucional en el caso concreto. La mayoría estimó que la norma vulnera el principio de legalidad penal (artículo 19 N°3 de la Constitución), pues no describe expresamente la conducta punible y delega su determinación a normas infralegales, como resoluciones sanitarias. Ello genera inseguridad jurídica y permite una aplicación arbitraria del derecho penal. El tribunal destacó que la técnica legislativa empleada es defectuosa al sancionar como delito la infracción de normas administrativas sin que el legislador haya definido el núcleo esencial de la conducta prohibida, lo que contraviene las garantías constitucionales.

Normas citadas

  • artículo 318, de Código Penal
  • Constitución Política, artículo 19, numeral 2, inciso primero
  • Constitución Política, artículo 19, numeral 3, inciso sexto
Tribunal ConstitucionalINADebido ProcesoReinserción socialpenas sustitutivasIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaley de control de armas

Preguntas frecuentes

¿Puede aplicarse el artículo 318 del Código Penal si la conducta se castiga por remisión a resoluciones administrativas?

En este caso, el Tribunal Constitucional acogió el requerimiento y declaró inaplicable el artículo 318 del Código Penal, porque al delegar la determinación de la conducta punible en normas infralegales, como resoluciones sanitarias, vulnera el principio de legalidad penal.

¿Qué ocurre con un tipo penal que no describe expresamente la conducta punible y remite a normas administrativas?

En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que esa técnica legislativa es defectuosa, pues al no definir el legislador el núcleo esencial de la conducta prohibida genera inseguridad jurídica y permite una aplicación arbitraria del derecho penal.

¿El principio de legalidad penal exige que el legislador defina la conducta sancionada?

Sí, según este fallo: el Tribunal Constitucional estimó que la norma vulnera el artículo 19 N°3 de la Constitución al no describir expresamente la conducta punible, por lo que la determinación de la infracción no puede quedar entregada a normas infralegales.

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