Resumen del criterio jurisprudencial
Se rechaza el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Doñihue, respecto de información sobre marcajes, asistencias, descuentos, y otros antecedentes funcionarios de las personas que se indican. Lo anterior, por haberse entregado los antecedentes que obraban en poder del órgano sobre la materia, y por tratarse, en su caso, de información que no existe en poder del órgano requerido, sin que este Consejo disponga de antecedentes que conduzcan a una conclusión contraria de aquella sostenida por el Municipio requerido.