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El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado en contra de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado en contra de la Municipalidad de Doñihue, ordenando la entrega de información relativa a un funcionario municipal. Se consideró que, por el tipo de función pública que desempeñan los servidores, están sujetos a un mayor escrutinio y control social sobre sus antecedentes y conducta. Antes de la entrega, el municipio deberá tarjar los datos personales de contexto, aplicando el principio de divisibilidad de la Ley de Transparencia. Se rechazó la solicitud de informar si el funcionario tiene o ha tenido sumario administrativo, por no obrar dicha información en poder del órgano requerido.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.628
  • Oficio Ord. N° 985
  • Oficio Ord. N° 1213
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Los antecedentes de un funcionario municipal son información pública según la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió parcialmente el amparo y ordenó entregar información sobre un funcionario municipal, porque los servidores públicos están sujetos a mayor escrutinio y control social sobre sus antecedentes y conducta. Antes de la entrega, el municipio debía tarjar los datos personales de contexto.

¿Un órgano público debe informar si un funcionario tiene sumarios administrativos si no mantiene esa información?

En este caso, el Consejo rechazó la solicitud de informar si el funcionario tiene o ha tenido sumario administrativo, porque esa información no obraba en poder del órgano requerido. Solo se entrega información que el organismo efectivamente posea.

¿Qué implica el principio de divisibilidad al entregar información con datos personales?

En este caso, el Consejo ordenó que la Municipalidad de Doñihue tarjara los datos personales de contexto antes de entregar la información sobre el funcionario. Así, se entrega lo que es público y se protege lo que corresponde reservar.

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