Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó los amparos deducidos por la reclamante en contra del Instituto de Salud Pública, relativos a información sobre las vacunas hexavalente, tres vírica, hepatitis A y Bexsero. Se determinó que el organismo ya había entregado información atingente a lo solicitado, satisfaciendo el requerimiento. Además, se concluyó que la solicitud no constituía una petición de información amparada en la Ley de Transparencia, sino el ejercicio del derecho de petición del artículo 19 N°14 de la Constitución, pues lo pedido implicaba la elaboración de un informe técnico específico sobre los componentes de cada vacuna, lo que excede la competencia del Consejo. Por ello, se rechazaron los amparos por unanimidad.